Articulo 30 Ordenación de...or público

Articulo 30 Ordenación de la asistencia jurídica de la Administración general gallega y de su sector público

  • Téngase en cuenta que las referencias realizadas a la persona titular de la Dirección General de la Asesoría Jurídica General o a la Dirección General de la Asesoría Jurídica General se entenderán hechas a la persona titular de la Secretaría General de la Asesoría Jurídica General o a la Secretaría General de la Asesoría Jurídica General, según dispone la Ley 7/2022, de 27 de diciembre. - LEY 7/2022, de 27 de diciembre, de medidas fiscales y administrativas.
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Artículo 30. Comunicación con el Consejo Consultivo de Galicia

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La Asesoría Jurídica General coordinará las comunicaciones entre el sector público autonómico y el Consejo Consultivo de Galicia.

De esta manera, se le comunicarán los envíos de las solicitudes de dictámenes preceptivos solicitados por la persona titular de la Presidencia de la Xunta, por el Consejo da Xunta o por cualquiera de las personas que forman parte del. Igualmente, se le remitirá copia por el órgano solicitante de los dictámenes indicados emitidos por el Consejo Consultivo.

La Asesoría Jurídica General analizará los dictámenes emitidos por el Consejo Consultivo de Galicia e informará al sector público autonómico de la doctrina en ellos contenida.