Articulo 30 Patrimonio de... derogada-

Articulo 30 Patrimonio de Galicia -Parcialmente derogada-

Ver Indice
»

Artículo 30. Depuración física y jurídica de bienes inmuebles y derechos.

nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



Antes de la transmisión de la titularidad de un bien o derecho, se procederá a depurar la situación física y jurídica del mismo, practicándose el deslinde si fuese necesario e inscribiéndolo correctamente en el registro de la propiedad si aún no lo estuviera.