Articulo 30 Reglamento para la ejecución de la Ley 24/2015, de Patentes
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»Artículo 30. Traslado del informe sobre el estado de la técnica y de la opinión escrita.
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Una vez elaborados el informe sobre el estado de la técnica y la opinión escrita, la Oficina Española de Patentes y Marcas dará traslado de los mismos al solicitante de la patente. Al mismo tiempo se le dará acceso a los documentos citados.
