Artículo 31 hecho el 11 de Sep de 2009 en Lisboa
- Se ratifica el presente Convenio y se establece su entrada en vigor general el 1 de mayo de 2011. - Instrumento de Ratificacion del Convenio Multilateral Iberoamericano de Seguridad Social, hecho en Santiago de Chile el 10 de noviembre de 2007.
- Se establece la efectividad del presente acuerdo, que España venía aplicando provisionalmente desde el 13 de octubre de 2010, desde el 27 de diciembre de 2011. - Entrada en vigor del Acuerdo de Aplicacion del Convenio Multilateral Iberoamericano de Seguridad Social, hecho en Lisboa el 11 de septiembre de 2009.
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»Artículo 31. Adopción de las decisiones sobre el Convenio o el Acuerdo
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1. Las decisiones del Comité Técnico Administrativo precisarán, para su adopción, la unanimidad de los miembros del Comité.
2. No obstante lo anterior, las decisiones del Comité podrán ser adoptadas por la mayoría absoluta de sus miembros, si bien, en tales supuestos, los Estados Parte cuyos representantes en el Comité no aprueben la decisión, podrán efectuar reserva sobre la no aplicación de aquélla en su territorio.
