Articulo 31 Ciencia y Tecnología

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Artículo 31. Elaboración del Plan de ciencia, tecnología e innovación.

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1. La elaboración del Plan de ciencia, tecnología e innovación le corresponderá al departamento del Gobierno de Navarra competente en materia de I+D+i.

2. Los distintos departamentos de la Administración y entidades del sector público de la Comunidad Foral de Navarra, en los ámbitos que les son propios, propondrán las acciones que deban incorporarse al Plan de ciencia, tecnología e innovación.