Articulo 31 Condiciones básicas de acceso, promoción y movilidad de los miembros de los Cuerpos de la Policía Local
Artículo 31. Contenido de las convocatorias.
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Los Ayuntamientos aprobarán, junto a las convocatorias, las bases de los concursos de traslados, que contendrán los siguientes contenidos mínimos:
a) Número y características de las plazas vacantes a cubrir mediante concurso de traslado.
b) Requisitos exigidos a los interesados en participar en el concurso de traslado.
c) Composición del Tribunal encargado de la valoración de los méritos que se adecuará a lo dispuesto en la Sección 2ª del Capítulo II de este Decreto.
d) Baremo de valoración de los méritos y capacidades.
e) Plazo de resolución del concurso de traslado.
f) Órgano al que han de dirigirse las solicitudes para participar en la convocatoria de concurso, plazo de presentación de dichas solicitudes e indicación del tablón de anuncios donde se efectuarán las sucesivas publicaciones, sin perjuicio de que puedan publicarse en el Boletín Oficial de la Provincia correspondiente y en el Boletín Oficial de Canarias o notificarse directamente a los interesados.
g) La cuantía de las tasas a ingresar en concepto de derechos por participar en los concursos de traslado convocados, cuando el Ayuntamiento establezca la obligación de pago.
