Articulo 31 Cuerpo General de la Policía
Ver Indice
»Artículo 31.- Relación de puestos de trabajo.
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
1. La relación de puestos de trabajo del Cuerpo General de la Policía Canaria, dotada en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma, estará distribuida en las escalas y empleos que establece el artículo 21 de esta ley.
2. La relación deberá contener para cada puesto la denominación, el nivel, las funciones a desarrollar, las exigencias formativas, los complementos que tenga asignados, la forma de proveerse y otras características significativas del destino.
3. Será preciso el conocimiento de idiomas extranjeros en los puestos que por sus condiciones lo requieran.
4. La relación de puestos de trabajo se aprobará de conformidad con el procedimiento establecido en la Ley de la Función Pública Canaria.
