Articulo 31 Gestión documental, organización y funcionamiento de los archivos de la Generalitat
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»Artículo 31. Descripción normalizada de las unidades documentales
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1. Todo expediente o documento, con independencia de su soporte, debe ser codificado y descrito de forma normalizada siguiendo los criterios establecidos por las normas e instrucciones técnicas unificadas de cumplimiento obligatorio para todo el Sistema, que garantizan una administración eficaz, transparente y accesible, tanto para la misma Administración como para la ciudadanía.
2. Es obligación de las unidades de gestión cuando abran un expediente en el Sistema incorporar la información y los metadatos obligatorios de clasificación y descripción.
