Articulo 31 Medidas Fiscales, de Gestión Administrativa y Financiera, y de Organización 1998 de la Generalitat
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»Artículo 31.
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Se modifica el párrafo primero del apartado 3 del artículo 14 de la Ley 2/1992, de 26 de marzo, que queda redactado como sigue:
«3. La Entidad Pública de Saneamiento de Aguas Residuales de la Comunidad Valenciana tiene por objeto la gestión, la explotación de instalaciones y servicios, y la ejecución de obras de infraestructura para abastecimiento de agua de carácter general y de tratamiento, depuración y, en su caso, reutilización de las aguas depuradas en los términos previstos en esta Ley, así como la gestión recaudatoria del canon de saneamiento establecido en la Ley.»
