Articulo 31 TR Ley del Ca...mobiliario

Articulo 31 TR Ley del Catastro Inmobiliario

Ver Indice
»

Artículo 31. Procedimiento de determinación del valor catastral de los bienes inmuebles de características especiales.

nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



1. El procedimiento de valoración de los bienes inmuebles de características especiales se iniciará con la aprobación de la correspondiente ponencia especial.

2. La notificación, efectividad e impugnación de los valores catastrales resultantes de este procedimiento se regirán por lo previsto en el artículo 29.