Articulo 31311 Código tributario de Cataluña
- Todas las referencias a «cuerpos tributarios de adscripción exclusiva a la Agencia Tributaria de Cataluña», «cuerpos tributarios de adscripción a la Agencia Tributaria de Cataluña», «cuerpos tributarios adscritos a la Agencia Tributaria de Cataluña», «cuerpos específicos adscritos a la Agencia Tributaria de Cataluña»,«cuerpos tributarios que tiene adscritos»,«cuerpos tributarios de la Agencia Tributaria de Cataluña» o «cuerpos tributarios de la Agencia», y las referencias análogas de carácter genérico a los cuerpos tributarios, se sustituyen por la denominación única «cuerpos tributarios de la Generalidad de Cataluña». - LEY 5/2020, de 29 de abril, de medidas fiscales, financieras, administrativas y del sector publico y de creacion del impuesto sobre las instalaciones que inciden en el medio ambiente.
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»Artículo 313-11. El Comité de Dirección
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1. El Comité de Dirección, integrado por el presidente, el director y uno de los vocales a los que se refiere el apartado 2.b del artículo 312-3, designado por el presidente del Consejo, es el órgano colegiado de gestión ordinaria del Consejo Fiscal de Cataluña.
2. El estatuto de régimen interno fija el régimen de funcionamiento y la periodicidad de las reuniones del Comité de Dirección. En cualquier caso, debe reunirse para preparar los asuntos a incluir en el orden del día de cada sesión del Pleno del Consejo.
