Articulo 31316 D 2484/196...io Español

Articulo 31316 D. 2484/1967, de 21 de septiembre, Código Alimentario Español

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Tendrán esta consideración las conservas de mariscos, sopas de mariscos y bullabesas y platos cocinados cuya elaboración y manipulaciones quedan regulada en el Capítulo XXVI de este Código.