Articulo 3139 Código tributario de Cataluña
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»Artículo 313-9. Deber de reserva
Vigente
Todos los datos, informes o antecedentes de cualquier naturaleza obtenidos por el Consejo Fiscal de Cataluña en el ejercicio de sus funciones tienen carácter reservado y únicamente pueden ser utilizados en los términos establecidos por la normativa vigente en materia de uso de los datos con trascendencia tributaria y en materia de protección de datos.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 03-08-2017 en vigor desde 04-08-2017