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Articulo 31412 D. 2484/1967, de 21 de septiembre, Código Alimentario Español

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3.14.12. Huevo en polvo.

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Es un derivado seco obtenido por evaporación del agua de constitución del huevo mediante procedimientos tecnológicos autorizados. Tendrá la misma composición que el residuo seco del huevo fresco; no contendrá más de 150.000 gérmenes por gramo, y ninguno patógeno, ni sustancia alguna extraña a la composición natural del huevo, ni más de un 5 por 100 de humedad.

(NOTA: Se derogan los criterios microbiológicos recogidos en este apartado)