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Articulo 31515 D. 2484/1967, de 21 de septiembre, Código Alimentario Español

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3.15.15. Manipulaciones.

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En la preparación, conservación y venta de natas queda permitido.

a) La adición de microorganismos de la fermentación acidófila (streptococcus cremoris y lactis).

b) La adición de microorganismos productores del aroma de la mantequilla (Leuconostoc citrovorus y L. paracitrovorus).

c) (Derogado)

d) La adición de glucosa o sacarosa en una proporción no superior al 10 por 100 en peso, con declaración en el envase.

e) La incorporación de gases inocuos para la elaboración de nata «batida o montada».