Articulo 31607 D. 2484/1967, de 21 de septiembre, Código Alimentario Español
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»3.16.07. Condiciones para la obtención o tratamiento.
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Para permitir un procedimiento de obtención o tratamiento de grasas comestibles, no consignado en 3.16.06, serán indispensables las siguientes condiciones:
a) Que no resulte de su aplicación una merma del valor alimenticio del producto obtenido, respecto al procedente de otros métodos autorizados.
b) Que no produzca cambios perjudiciales en la estructura natural de los componentes.
c) Que se haya comprobado la acción inocua de los productos por pruebas biológicas.

