Articulo 31721 D. 2484/1967, de 21 de septiembre, Código Alimentario Español
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»3.17.21. Semillas de siembra.
Vigente
Las semillas para la siembra se proporcionarán en la forma que se señale de acuerdo con las normas oficiales.
Las semillas para la siembra se proporcionarán en la forma que se señale de acuerdo con las normas oficiales.