Articulo 32 Bonos verdes europeos
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Artículo 32. Errores en las metodologías de evaluación o en su aplicación

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1. Los verificadores externos que tengan conocimiento de errores en sus métodos de evaluación o en la aplicación de tales métodos con repercusiones significativas en una verificación notificarán y explicarán inmediatamente dichos errores a la AEVM y a los emisores de los bonos verdes europeos afectados.

2. Los verificadores externos subsanarán los errores oportunamente y publicarán los errores a que se refiere el apartado 1 en sus sitios web, junto con, cuando proceda y lo antes posible, la revisión y la corrección de la verificación. Los documentos revisados expondrán los motivos de las modificaciones.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 30-11-2023 en vigor desde 20-12-2023