Articulo 32 Ciencia y Tecnología

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Artículo 32. Objetivos del Plan de ciencia, tecnología e innovación.

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El Plan de ciencia, tecnología e innovación tendrá como objetivos:

1. Desarrollar los fines y objetivos de esta ley foral y fomentar la excelencia, transferencia, cooperación, internalización y divulgación de la I+D+i, adaptándose a la coyuntura del momento y respondiendo a los retos que la sociedad exija en cada momento, apoyando de forma equilibrada la investigación básica y la aplicada.

2. Mejorar el nivel de excelencia de los agentes del Sistema Navarro de I+D+i, SINAI, estableciendo los indicadores de excelencia y facilitando los medios para propiciar la generación de nuevo conocimiento.

3. Anticiparse al futuro y orientar el tejido productivo y a los agentes del Sistema Navarro de I+D+i, SINAI, hacia las tecnologías que aseguren que Navarra podrá competir en la oferta de soluciones a los retos del futuro que le plantee la sociedad.

4. Promover la inclusión de la perspectiva de género como categoría transversal en la ciencia, la tecnología y la innovación, así como una presencia equilibrada de mujeres y hombres en todos los ámbitos del Sistema Navarro de I+D+i, SINAI.

5. Poner en marcha un plan foral de vocaciones científicas y tecnológicas que también ayude a reducir la brecha de género, que ponga especial énfasis en la promoción en los centros de primaria y secundaria de la Comunidad Foral de las titulaciones de ciencia y tecnología.