Artículo 32. DECRETO 23/2026, de 9 de marzo, Canarias
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»Artículo 32. Modalidades de adjudicación.
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La adjudicación de las viviendas protegidas de promoción pública se llevará a cabo a través del sistema de baremación, o bien mediante adjudicación directa, y teniendo en cuenta la adecuación de la vivienda a la unidad familiar o de convivencia, conforme a lo establecido en el artículo 4 de la presente norma.
En el sistema de baremación, los criterios a aplicar serán los establecidos en el Anexo 1 de este Decreto para el régimen especial, mientras que para el régimen general se aplicarán los criterios del Anexo 2.
