Artículo 32. Decreto 4/2026, de 19 de enero, Galicia, Procedimientos de creación, modificación y disolución de museos y otros centros museísticos de Galicia
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»Artículo 32. Contenido del plan.
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1. El contenido del Plan museológico para los centros museísticos con categoría de museos será lo previsto en el anexo III.
2. El contenido del Plan museológico para los centros museísticos con categoría de colecciones museográficas y centros de interpretación del patrimonio cultural será lo previsto en el anexo IV.
3. La consellería competente en materia de centros museísticos podrá solicitar que se complemente la información relativa a los contenidos previstos en los puntos anteriores, según la naturaleza específica del centro.

