Artículo 32.Decreto 6/2026, de 20 de febrero
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»Artículo 32. Indicación de la situación de disponibilidad del vehículo
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Copiloto jurídico
Los vehículos indicarán su situación de disponibilidad mediante un cartel visible a través del parabrisas, que podrá ser luminoso, en el que constará la palabra «libre», y mediante una luz verde situada junto al módulo luminoso indicador de tarifa, que irá conectada con el taxímetro para su encendido y apagado según la situación del vehículo.
