Articulo 32 Decreto-ley8/2013,de28demayo,deMedidasdeCreacióndeEmpleoyFomentodelEmprendimiento
Articulo 32 Decreto-ley8/...endimiento

Articulo 32 Decreto-ley8/2013,de28demayo,deMedidasdeCreacióndeEmpleoyFomentodelEmprendimiento.

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Artículo 32. Ámbito de competitividad.

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La línea 1, creación de empleo en el trabajo autónomo, la línea 2, consolidación de empleo en el trabajo autónomo y la línea 3, creación de empresas de trabajo autónomo, tendrán como ámbito de competitividad territorial la provincia. Para el resto de las líneas, el ámbito de competitividad será el de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 31-05-2013 en vigor desde 01-06-2013