Articulo 32 Establecimientos de alojamiento en la modalidad de vivienda de uso turístico
Ver Indice
»Artículo 32. Facturación.
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
Las empresas expedirán y entregarán a los turistas, o, en su caso, a las agencias de intermediación turística, la correspondiente factura de conformidad con lo previsto en la normativa reguladora de las obligaciones en materia de facturación.
