Articulo 32 Garantías de los derechos de la infancia y la adolescencia
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»Artículo 32. Actuaciones administrativas.
Vigente
La Administración autonómica protegerá a los menores de las publicaciones con contenido contrario a los derechos reconocidos en la Constitución, de carácter violento, pornográfico, de apología de la delincuencia, que fomente pautas de conducta sexista que propicien la Violencia de Género, o cualquier otro que sea perjudicial para el correcto desarrollo de su personalidad.
Modificaciones
- Artículo modificado por LEY 5/2005, de 20 de diciembre, Integral contra la Violencia de Género de la Comunidad de Madrid.
(BOCM de 29-12-2005) en vigor desde 30-12-2005