Artículo 32. Ley 2/2026, de 28 de abril, La Rioja, simplificación administrativa, mercado abierto y calidad normativa
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»Artículo 32. Acceso a las actividades económicas y su ejercicio.
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El acceso a las actividades económicas y su ejercicio solo podrá limitarse conforme a lo establecido en la Ley 20/2013, de 9 de diciembre, y a lo dispuesto en la normativa de la Unión Europea o en tratados y convenios internacionales.
