Articulo 32 Reg (UE) nº 9...to del IVA

Articulo 32 Reg. (UE) nº 904/2010 , de 7 de octubre de 2010, DOUE, Cooperación administrativa y lucha contra el fraude en el ámbito del IVA

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Artículo 32

Vigente

1. La Comisión publicará en su sitio web, sobre la base de la información facilitada por los Estados miembros, los pormenores de las disposiciones aprobadas por cada Estado miembro que incorporen a su Derecho nacional el artículo 167 bis, el título XI, capítulo 3, y el título XII, capítulo 1, de la Directiva 2006/112/CE. (NOTA: apdo. 1 aplicable a partir del 1 de enero de 2025)

2. Los detalles y el formato de la información que deben comunicarse se decidirán de conformidad con el procedimiento contemplado en el artículo 58, apartado 2.