Articulo 32 Reglamento Marco de las Policías Locales
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Artículo 32. Calificación definitiva de la fase de oposición o concurso oposición.

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La calificación definitiva de la fase de oposición se obtendrá mediante la suma de los siguientes porcentajes: 60% de la nota obtenida en la prueba de conocimientos, 30% de la nota obtenida en las pruebas físicas y el 10% de la nota obtenida en el primer ejercicio de las pruebas psicotécnicas; siempre y cuando las personas aspirantes hubieran sido declaradas aptas en el resto de pruebas.

En el caso de utilizarse el procedimiento de concurso-oposición, la puntuación de la fase de concurso, que se valorará únicamente a las personas aspirantes que hubieran superado la fase de oposición, no podrá suponer una valoración superior al 40% de la calificación total del concurso-oposición. Los méritos a valorar en dicha fase de concurso se establecerán mediante Orden de la consejería competente en materia de interior.