Artículo 32 se regulan las subvenciones y ayudas en el ámbito de la cooperación para el desarrollo sostenible y la solidaridad global
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»Artículo 32. Confidencialidad y protección de datos.
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1. El órgano concedente y el beneficiario de la subvención mantendrán el estricto secreto profesional y la debida confidencialidad sobre los conocimientos, datos e información que adquieran acerca de la otra parte.
2. Los datos personales que obren en las resoluciones de concesión de subvenciones y ayudas serán tratados de acuerdo con el Reglamento (UE) 2016/679, General de Protección de Datos, y con la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
