Articulo 32002 D. 2484/1967, de 21 de septiembre, Código Alimentario Español
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»3.20.02. Productos de molinería.
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Son los productos obtenidos por molturación de los cereales y/o leguminosas, industrialmente limpios, y que se destinen al consumo humano. Se clasifican en dos grupos:
a) Productos integrados por las sustancias de mejor calidad, procedentes de la parte interna del grano.
b) Subproductos, formados por el resto de las partículas procedentes del grano.

