Articulo 32112 D 2484/196...io Español

Articulo 32112 D. 2484/1967, de 21 de septiembre, Código Alimentario Español

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3.21.12. Condiciones generales.

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Las hortalizas destinadas para el consumo en fresco, para la desecación o deshidratación, para la congelación y para la elaboración de derivados y conservas, reunirán las siguientes condiciones:

a) Estarán recién recolectadas o en perfectas condiciones de conservación, desprovistas de humedad exterior anormal y sin olor ni sabor extraños.

b) Estar exentas de lesiones o traumatismos de origen físico o mecánico que afecten a su presentación o apariencia.

c) Estar exentas de artrópodos, gusanos, moluscos y de partes o excrementos de cualquiera de ellos.

d) Estar exentas de enfermedades criptogámicas.

e) Estar libres de partes marchitas y de materias extrañas adheridas a su superficie.

f) (Derogado)

g) (Derogado)