Articulo 3225 Código tributario de Cataluña
- Todas las referencias a «cuerpos tributarios de adscripción exclusiva a la Agencia Tributaria de Cataluña», «cuerpos tributarios de adscripción a la Agencia Tributaria de Cataluña», «cuerpos tributarios adscritos a la Agencia Tributaria de Cataluña», «cuerpos específicos adscritos a la Agencia Tributaria de Cataluña»,«cuerpos tributarios que tiene adscritos»,«cuerpos tributarios de la Agencia Tributaria de Cataluña» o «cuerpos tributarios de la Agencia», y las referencias análogas de carácter genérico a los cuerpos tributarios, se sustituyen por la denominación única «cuerpos tributarios de la Generalidad de Cataluña». - LEY 5/2020, de 29 de abril, de medidas fiscales, financieras, administrativas y del sector publico y de creacion del impuesto sobre las instalaciones que inciden en el medio ambiente.
Artículo 322-5. El director
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Copiloto jurídico
1. El Gobierno, a propuesta del consejero del departamento competente en materia de hacienda, nombra y separa de sus funciones al director del Instituto de Investigación Fiscal y Estudios Tributarios de Cataluña.
2. El candidato a dirigir el Instituto de Investigación Fiscal y Estudios Tributarios de Cataluña es escogido entre personas expertas en fiscalidad de competencia y prestigio reconocidos y acreditada experiencia.
3. El director del Instituto de Investigación Fiscal y Estudios Tributarios de Cataluña tiene dedicación exclusiva y la condición de alto cargo del Gobierno de la Generalidad, es asimilado a todos los efectos a un director general y le es aplicable el régimen establecido por la normativa en materia de incompatibilidades de los altos cargos.
4. Corresponden al director del Instituto de Investigación Fiscal y Estudios Tributarios de Cataluña las siguientes funciones:
a) La representación ordinaria, la dirección, la administración y la coordinación de las actuaciones del Instituto.
b) El mando y el nombramiento y cese del personal funcionario al servicio del Instituto, así como la contratación y el despido del personal laboral.
