Articulo 32302 D 2484/196...io Español

Articulo 32302 D. 2484/1967, de 21 de septiembre, Código Alimentario Español

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3.23.02. Clasificación.

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A efectos de este Código se distinguen las siguientes clases de azúcares y derivados del azúcar:

a) Azúcares crudos: Azúcar terciado, azúcar blanquilla, azúcar pilé y azúcar granulado.

b) Azúcares refinados: Azúcar refinado, azúcar de pilón, azúcar cortadillo, azúcar cande, azúcar granulado.

c) Melazas: Melado, melaza de caña, melaza de remolacha.

d) Derivados del azúcar: Azúcar glacé, azúcar caramelizado.

e) Otros azúcares: Azúcar invertido, jarabe de fécula, azúcar de fécula, glucosa anhidra, jarabe de maltosa lactosa.