Articulo 324 Sistema común del IVA

Articulo 324 Sistema común del IVA

Ver Indice
»

Artículo 324

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



El sujeto pasivo revendedor que aplique simultáneamente el régimen normal del IVA y el régimen del margen de beneficio, deberá hacer constar por separado en su contabilidad las operaciones correspondientes a uno y otro régimen, con arreglo a las modalidades fijadas por los Estados miembros.