Articulo 32514 D. 2484/1967, de 21 de septiembre, Código Alimentario Español
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»3.25.14. Sucedáneos del café.
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Es el producto sólido o líquido o mezcla de productos compuesto de partes comestibles de vegetales o extractos de vegetales, tostado y destinado a efectuar preparaciones que reemplacen el café como bebida fruitiva.
