Articulo 32561 D 2484/196...io Español

Articulo 32561 D. 2484/1967, de 21 de septiembre, Código Alimentario Español

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3.25.61. Derivados especiales.

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Tendrán esta consideración los productos preparados con determinada proporción de cacao, manteca de cacao, chocolate o coberturas, que a continuación se enumeran:

a) Cacao azucarado en polvo, con harina.

b) Chocolate con harina.

c) Chocolates especiales.

d) Chocolates de régimen.

e) Chocolates rellenos.

f) Bombones de chocolate y artículos de confitería, de cacao y chocolate.

g) Derivados de manteca de cacao.