Articulo 32903 D 2484/196...io Español

Articulo 32903 D. 2484/1967, de 21 de septiembre, Código Alimentario Español

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3.29.03. Clasificación.

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Las bebidas no alcohólicas o refrescantes se clasificarán en los siguientes grupos:

a) Aguas gaseadas.

b) Gaseosas.

c) Bebidas de zumos de frutas.

d) Bebidas de extractos.

e) Bebidas de frutas, de tubérculos y de semillas disgregados.

f) Bebidas aromatizadas.