Articulo 33 14 Ley 20/2017, de 28 de diciembre, C.Valenciana, Tasas
Artículo 33. 1-4. Cuota íntegra
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La cuota íntegra se obtendrá aplicando la cantidad fija señalada en el siguiente cuadro:
| Tipo de servicio | Importe (euros) |
| 1 Actuaciones de inspección para el reconocimiento de distintivos de calidad (por cada visita de inspección). Este concepto incluye: examen de autocontrol de fabricación, costes del personal técnico y redacción del acta e informe correspondientes | 193,00 € |
| 2 Actuaciones para la inspección de entidades de control y de laboratorios de ensayo para el control de la calidad de la edificación. Este concepto incluye: los costes de personal técnico, desplazamiento y, en su caso, acta de inspección e informe final | |
| 2.1 Evaluación de la documentación administrativa y jurídica de la entidad o laboratorio, y, en su caso, evaluación de la idoneidad de los documentos aportados: | |
| 2.1.1 Entidades: Por un campo de actuación de los definidos en el Anexo I-A del Real decreto 410/2010, de 31 de marzo | 357,00 € |
| 2.1.2 Entidades: Por cada campo de actuación adicional de los definidos en el Anexo I-A del Real decreto 410/2010 | 178,00 € |
| 2.1.3 Laboratorios: Por una agrupación de ensayos de los definidos en el Anexo II-A del Real decreto 410/2010 | 357,00 € |
| 2.1.4 Laboratorios: Por cada agrupación de ensayos adicional de los definidos en el Anexo II-A del Real decreto 410/2010 | 178,00 € |
| 2.2 Evaluación presencial del cumplimiento de los requisitos que corresponden según sean entidades o laboratorios, con comprobación de los resultados de la asistencia técnica, así como inspección de las instalaciones, procesos y otras circunstancias en que se desarrolla la actividad (por día de evaluación presencial) | 540,00 € |
