Articulo 33 Agencia de Ciencia, Competitividad Empresarial e Innovación
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Artículo 33.-Actuación administrativa.

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1. Para el ejercicio de las potestades administrativas de la Agencia, sus órganos podrán dictar actos y resoluciones administrativas.

2. Los actos y resoluciones dictados por la Presidencia y el Consejo Rector ponen fin a la vía administrativa.

3. Los actos administrativos y resoluciones dictados por el titular de la Dirección Ejecutiva podrán ser recurridos en alzada ante la Presidencia, excepto que hubiesen sido dictados por delegación de esta.

4. La competencia para resolver los procedimientos de revisión de oficio de los actos administrativos nulos, declarar la lesividad de los anulables y revocar los de gravamen o desfavorables corresponderá a la Presidencia de la entidad.

5. Se atribuye a la Presidencia la resolución de las reclamaciones de responsabilidad patrimonial.