Articulo 33 bis se aprueb...Mercancías

Articulo 33 bis se aprueba el TR. de las normas legales aprobadas por la Comunidad Autónoma de Canarias en relación con el Impuesto General Indirecto Canario y el Arbitrio sobre Importaciones y Entregas de Mercancías

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Artículo 33 bis.- Tipo de gravamen específico.

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El tipo específico del 1% será aplicable a las entregas e importaciones de petróleo y los productos derivados del refino del petróleo, incluso mezclados con biocarburantes.