Articulo 33 Modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles
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Artículo 33. Informe de los administradores sobre el proyecto de fusión.

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Los administradores de cada una de las sociedades que participan en la fusión elaborarán un informe explicando y justificando detalladamente el proyecto común de fusión en sus aspectos jurídicos y económicos, con especial referencia al tipo de canje de las acciones, participaciones o cuotas y a las especiales dificultades de valoración que pudieran existir, así como las implicaciones de la fusión para los socios, los acreedores y los trabajadores.

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  • Texto Original. Publicado el 04-04-2009 en vigor desde 04-07-2009