Articulo 33 Normas de desarrollo relativas al IGIC y al Arbitrio sobre la Producción e Importación en las Islas Canarias
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»Artículo 33. Importaciones de bienes exentas en virtud de Convenios internacionales.
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Modificaciones
- Modificación realizada (33 (se deroga)) por REAL DECRETO 1160/2001, de 26 de octubre, por el que se modifica el Real Decreto 2538/1994, de 29 de diciembre, por el que se dictan normas de desarrollo relativas al Impuesto General Indirecto Canario y Arbitrio sobre la Produccion e Importacion en las Islas Canarias, creados por la Ley 20/1991, de 7 de junio.
(BOE de 09-11-2001) en vigor desde 09-11-2001 - Artículo modificado (33 (se deja sin efecto)) por REAL DECRETO 3485/2000, de 29 de diciembre, sobre franquicias y exenciones en regimen diplomatico, consular y de organismos internacionales, y de modificacion del Reglamento General de Vehiculos, aprobado por el Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre.
(BOE de 30-12-2000) en vigor desde 01-01-2001
