Articulo 33 el que se ordena la formación profesional para el empleo en Euskadi
- Con efectos desde el 1 de junio de 2025, se modifica el título del presente Decreto, que pasa a denominarse Decreto 82/2016, de 31 de mayo, por el que se ordena la formación para el trabajo en Euskadi. - DECRETO 93/2025, de 29 de abril, por el que se aprueban los estatutos de Lanbide-Servicio Público Vasco de Empleo.
Ver Indice
»Artículo 33.- Medios de ejecución.
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
Las acciones de apoyo a la formación se podrán desarrollar a través de medios propios, mediante contratación externa sujeta a la normativa de contratos del sector público, mediante subvenciones públicas, o mediante la suscripción de convenios.
