Articulo 33 Reglamento Marco de las Policías Locales
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»Artículo 33. Nombramiento de funcionarios en prácticas.
Vigente
Los aspirantes que hayan aprobado la fase de oposición, una vez cumplidos los requisitos formales que establezca la correspondiente convocatoria, serán nombrados funcionarios en prácticas al inicio del Curso Selectivo y percibirán, con cargo a la Corporación respectiva, las retribuciones que les correspondan. Este nombramiento durará hasta la toma de posesión como funcionarios de carrera.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 11-02-2015 en vigor desde 03-03-2015