Artículo 33 se regula la ... Andalucía

Artículo 33 se regula la planificación y ordenación del empleo público, y el ingreso, promoción interna y provisión de puestos de trabajo del personal de la Administración General de la Junta de Andalucía

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Artículo 33. Curso selectivo de formación.

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1. El curso, cuya duración se ajustará a lo dispuesto para el periodo de prácticas, deberá comenzar en el plazo de un mes a contar desde la publicación de la relación de personas aspirantes que tienen derecho a acceder a su realización, y tendrá como finalidad proporcionar a las personas aspirantes la formación y capacitación suficiente para la adquisición de conocimientos prácticos y habilidades y competencias para desarrollar con eficacia las funciones que van a ejercer en el desempeño de sus puestos de trabajo.

Quienes participen en el curso selectivo tendrán asignada una persona tutora nombrada por el órgano de selección correspondiente, y que tendrá la misión de planificar y participar activamente en el aprendizaje de los conocimientos prácticos, habilidades y competencias a que hace referencia el párrafo anterior.

2. Las convocatorias determinarán, en el caso de que se prevean los cursos de formación, la guía de contenidos y los criterios objetivos para su evaluación. Los cursos deberán combinar una actividad formativa tutorizada de carácter práctico con la estancia en entornos laborales, donde deberán adquirir conocimientos prácticos para el desempeño de las funciones vinculadas a los puestos de trabajo del cuerpo y especialidad objeto de la convocatoria. La guía de contenidos del curso contendrá, obligatoriamente, las tareas que se llevan a cabo en las materias de planificación, gestión, supervisión, calidad y desarrollo de cuantas funciones sean propias del puesto de trabajo.

El curso selectivo de formación incluirá, además de cuantas competencias estratégicas técnicas y genéricas se establezcan en la guía de contenidos, al menos, las siguientes competencias genéricas: trabajo en equipo, atención a la ciudadanía, innovación, gestión del conocimiento, igualdad entre mujeres y hombres, violencia de género, competencias digitales, Administración electrónica, ciberseguridad y protección de datos.

3. La planificación, organización y ejecución del curso selectivo de formación corresponderá al Instituto Andaluz de Administración Pública, quedando reservada la evaluación de las personas participantes al órgano de selección.

Se establecerán criterios objetivos que puedan facilitar la evaluación al órgano de selección. Las personas interesadas podrán acceder a sus evaluaciones.