Articulo 33 TR de la Ley ...l Gobierno

Articulo 33 TR. de la Ley del Presidente o Presidenta y del Gobierno

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Artículo 33. Del ejercicio de la iniciativa legislativa y de la potestad para dictar normas con rango de ley.

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1. El Gobierno de Aragón, de acuerdo con la Constitución española y el Estatuto de Autonomía, ejercerá la iniciativa legislativa mediante la elaboración y aprobación de proyectos de ley.

2. El Gobierno de Aragón podrá aprobar Decretos Legislativos y Decretos-leyes en los términos establecidos en la Constitución y en el Estatuto de Autonomía de Aragón.