Articulo 33001 D 2484/196...io Español

Articulo 33001 D. 2484/1967, de 21 de septiembre, Código Alimentario Español

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3.30.01. Uva.

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(DEROGADO)

A efectos de este Código se entiende por uva fresca para vinificación el fruto de la vid maduro o sobremaduro en la misma cepa o soleado después de la vendimia, siempre que, sometido únicamente a proceso mecánico, sirva para la elaboración del mosto que pueda fermentar normalmente.