Articulo 33060 D 2484/196...io Español

Articulo 33060 D. 2484/1967, de 21 de septiembre, Código Alimentario Español

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3.30.60. Prohibiciones.

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Quedan prohibidas todas aquellas prácticas o tratamientos asimismo prohibidas en la elaboración de los vinos, y además las siguientes:

a) La sustitución total o parcial del vino por soluciones hidroalcohólicas.

b) El empleo de vinos alterados o de aquellos que no reúnan las características adecuadas.