Articulo 336 Ley de Sociedades de Capital
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»Artículo 336. Ejercicio del derecho de oposición.
Vigente
El derecho de oposición habrá de ejercitarse en el plazo de un mes a contar desde la fecha del último anuncio del acuerdo.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 03-07-2010 en vigor desde 01-09-2010