Articulo 34 Cuerpo General de la Policía
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»Artículo 34.- Adscripción para los funcionarios de nuevo ingreso.
Vigente
El destino de los funcionarios de nuevo ingreso en cada empleo se realizará por el orden de puntuación obtenido en el proceso de selección.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 03-06-2008 en vigor desde 04-06-2008